Reglamento de funcionamiento de las comisiones de SADI

Las Comisiones de Trabajo de la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) promueven espacios de encuentro entre colegas para abordar una temática en particular, contribuyendo así al desarrollo profesional, el intercambio científico, la formación de postgrado, la investigación y la ejecución de actividades en la comunidad.

Estas comisiones constituyen una parte orgánica de la SADI por lo que sus objetivos y finalidades deben ser acordes a los propósitos de la misma según el art. N° 2 del Estatuto.

Las Comisiones dependen directamente de la Comisión Directiva y su accionar se enmarca en los lineamientos de la SADI y del presente reglamento.

Están integradas por expertos(*) en un área del conocimiento determinada, teniendo en cuenta sus antecedentes profesionales y societarios.

A - OBJETIVOS

Son objetivos de las Comisiones de Trabajo:

  1. Favorecer la conformación de grupos de estudio y/o espacios de intercambio profesional en temáticas específicas.

  2. Realizar actividades de capacitación (cursos, jornadas)

  3. Investigar y asesorar en temas específicos

  4. Realizar actividades para la comunidad

B - ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES DE TRABAJO

  1. Formular proyectos factibles y viables, en los que se plasme la misión y los objetivos de cada Comisión.

  2. Promover estudios colaborativos y de investigación.

  3. Organizar eventos científicos en la modalidad que cada Comisión decida (cursos, congresos, foros, encuentros, conferencias, seminarios, etc.), ya sea presencial o a distancia, así como tareas de formación, extensión y/o divulgación entre los socios.

  4. Elaborar y/o actualizar consensos, recomendaciones, guías de práctica clínica, documentos de posición. Los mismos deben ser elevados a la Comisión Directiva para su aprobación y publicación.

  5. Realizar investigación en la temática específica, como así también redactar informes y evolución anual de la misma.

  6. Funcionar como órgano de consulta y asesoramiento de la Comisión Directiva de la SADI sobre temas que se vinculen con su área de especificidad.

  7. Elaborar material educativo para la comunidad.

C - CONSTITUCIÓN DE LAS COMISIONES E INCORPORACIÓN DE NUEVOS MIEMBROS

  1. Las comisiones de trabajo de la SADI deberán estar integradas por al menos 5 (cinco) socios que deseen desarrollar algún tema específico relacionado con las enfermedades infecciosas.

  2. La creación de una nueva comisión de trabajo podrá efectuarse a solicitud de un socio de SADI, con la presentación de un proyecto y comenzará a funcionar luego de la aprobación por parte de la Comisión Directiva.

  3. Los miembros de las comisiones deberán tener amplios conocimientos y trabajar en la temática para la que se crea la comisión. Todos deberán ser socios.

  4. Las Comisiones que superen un máximo de 25 a 30 miembros, deberán organizarse en diferentes grupos de trabajo interno.

  5. Incorporación de nuevos miembros a las comisiones de trabajo

    • A fin de facilitar el ingreso de nuevos miembros y ordenar las actividades de la comisión, se establecerán dos fechas anuales (marzo y septiembre) de oportunidad de ingreso.

    • Todos los socios de la SADI tendrán la posibilidad de incorporarse a las diferentes Comisiones de trabajo cumpliendo las siguientes condiciones y requisitos:

      • Ser socios titulares con un año de permanencia como tal. Los únicos socios adherentes que se les permitirá ingresar a las comisiones son profesionales no médicos con experiencia en la temática quienes siempre permanecerán en esta categoría (por estatuto).

      • Completar un formulario de solicitud de ingreso donde se especificará a qué Comisión desea incorporarse. (Disponible en la página web de SADI)

      • Presentar un Curriculum vitae abreviado haciendo hincapié en las actividades realizadas en relación con la temática de la Comisión a la que desee incorporarse

      • Dirigir una carta al coordinador de la Comisión donde se especifique la motivación para ingresar a la Comisión

      • El coordinador y el secretario de cada comisión evaluará las solicitudes de ingreso y luego de aprobadas las elevará a la Comisión Directiva

  6. Las comisiones que cuenten con menos de cinco miembros podrán ser autorizadas a trabajar en forma extraordinaria por la Comisión Directiva si se considera que su funcionamiento es prioritario para la Sociedad.

  7. Considerar mecanismos para que las comisiones tengan representación federal.

  8. Más allá de esta situación, se estimulará a los socios a participar activamente en las comisiones de trabajo.

D - CONDUCCIÓN DE LAS COMISIONES

  1. Habrá un coordinador y un secretario que serán electos por los integrantes de la comisión. Dichas designaciones recién se harán efectivas cuando sean aprobadas por la Comisión Directiva de SADI.

  2. El coordinador durará en sus funciones 2 años sin renovación. Pueden volver a ocupar el cargo luego de un periodo de 2 años sin cargo de coordinación ni secretario

  3. El secretario en funciones podrá ser electo para ocupar el cargo de coordinador por un periodo de 2 años consecutivos a su función de secretario.

  4. Quienes ejerzan estos roles (coordinador, secretario o coordinador de grupos de trabajo) deberán ser socios titulares de la SADI con más de 5 años de expedición del título de especialista en infectología y más de dos años ininterrumpidos de participación en la Comisión. En las Comisiones de reciente creación este último requisito no será necesario.

  5. No podrán desempeñarse en el cargo aquellos que tengan algún conflicto de interés tales como:

    • Poseer participación societaria en empresas farmacéuticas relacionadas con la producción/comercialización de algún insumo que tenga o pueda tener relación con la Infectología.

    • Actuar como asesor, directivo, empleado en forma permanente de una empresa farmacéutica relacionada con la producción o comercialización de algún producto que tenga o pueda tener relación con la Infectología como antibióticos, test diagnóstico ó con la dispensa y aplicación de vacunas.

    • Ser funcionario del Gobierno nacional, provincial, municipal (rango Director General o superior)

    • Desarrollar actividades relacionadas con cargos de gestión pública en organismo oficiales nacionales, provinciales y/o municipales que tienen capacidad de definir políticas de salud.

  6. El coordinador y/o secretario de cada Comisión Científica es quien:

    • Ejerce la función de representación de la Comisión Científica ante la Comisión Directiva

    • Eleva informes y proyectos a la Comisión Directiva

    • Coordina las reuniones de la Comisión Científica.

    • Promueve y facilita la participación y el compromiso pleno de sus miembros, llevando un registro por escrito de los miembros de su Comisión y lo informa periódicamente a la CD

    • Realiza una evaluación anual de la marcha de los proyectos, actividades y gestiones generados en el seno de la Comisión Científica para ser presentada a la Comisión Directiva

    • Las comisiones deberán presentar el informe anual, junto con la actualización de la nómina de miembros de la Comisión, entre el 1 y el 30 de Noviembre de cada año

El coordinador y/o secretario o el miembro de la comisión que estos designen, deberán asistir en caso de ser convocados por Comisión Directiva a fin de informar sobre aspectos relacionados a la tarea que lleva a cabo la comisión.

E - OBLIGACIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN

  1. La permanencia de los miembros en cada Comisión estará determinada por la asistencia virtual o presencial al 70 % de las reuniones y la participación como mínimo en dos actividades, proyectos o documentos al año.

  2. Cese de participación: aquellos integrantes que no cumplan con las condiciones de permanencia perderán su condición de miembros de la Comisión y deberán esperar dos años para su reincorporación en caso de solicitarla.

  3. Aquellos integrantes que por diferentes motivos solicitan dejar momentáneamente la Comisión deberán esperar doce meses para su reincorporación en caso de solicitarla.

  4. En caso de no cumplir con las condiciones de permanencia, el coordinador de la Comisión podrá solicitar la desvinculación de este miembro a través de un informe a la Comisión Directiva especificando la causa, e informando previamente al miembro, al igual que la desvinculación momentánea.

  5. Todos los miembros de las Comisiones de trabajo deberán declarar sus conflictos de interés en forma anual y renovar el mismo si hay alguna modificación relevante durante el año.

  6. En caso de considerarse un conflicto relevante o activo en relación a un tema particular a tratar por una comisión, el coordinador y el secretario de la misma decidirán si el integrante involucrado participará en la toma de decisiones y votación final.

F- FUNCIONAMIENTO Y ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES

  1. Las comisiones deberán reunirse por lo menos 6 (seis) veces al año.

  2. Las reuniones de las Comisiones pueden realizarse en forma presencial, virtual o en modalidades mixtas de manera tal de permitir la participación activa de socios de todas las provincias.

  3. En cada reunión se elaborará un acta en donde consten los miembros presentes y los temas tratados. Dichas actas deberán ser enviadas en formato electrónico a la secretaría de SADI por el secretario a fin de ser archivadas conformando el libro de actas de cada Comisión

  4. El coordinador o secretario deberá presentar en el transcurso del mes de noviembre de cada año el listado de sus miembros y el informe anual de gestión a la Comisión Directiva.

  5. Todos los proyectos de trabajo de las Comisiones, como ser elaboración de guías o consensos, proyectos de investigación, organización de cursos, jornadas, etc. deberán ser informados y aprobados por la Comisión Directiva antes de su inicio.

  6. Toda información, documento, acción, declaración pública o actividad que se realice en el marco de trabajo de cada Comisión, sea de carácter formativo, normativo, de investigación, de difusión, de gestión o de otra índole, que se presente ante público en general, académico, científico, empresas o instituciones públicas y privadas, deberá explicitar que fue realizado en el marco de la Comisión de trabajo y requiere de la aprobación previa por parte de la Comisión Directiva. A tal fin se enviará la nota de solicitud de aprobación correspondiente a la CD.

  7. Las comisiones deberán enviar al menos una vez durante cada periodo de coordinación material para publicar en la revista ASEI de acuerdo con la normativa del Comité Editorial de la misma.

  8. Elaboración de Consensos o Guías

    • En el caso de programar una reunión de consenso o actualización, ésta deberá contar con la aprobación de la CD.

    • Las comisiones, a través de su coordinador y secretario, podrán convocar a expertos en determinados temas que sean o no miembros de SADI a fin de colaborar en la comisión para tratar temas específicos. En los casos en que se convoque a expertos que no sean miembros de SADI, se deberá informar a la Comisión Directiva.

    • Todos los autores de este tipo de documentos deberán declarar sus conflictos de interés

    • En caso de que exista un conflicto relevante o activo de alguno de los autores en relación con un documento en particular se lo releva de esta función

    • En caso de que la participación de este profesional sea importante por sus conocimientos en el tema, se le permitirá emitir opiniones y recomendaciones, pero no podrá participar en la redacción final del documento

    • Los consensos o actualizaciones, antes de su publicación o divulgación masiva, deberán ser analizados y aprobados por la CD.

    • Una vez finalizada y aprobada las Guías y Recomendaciones, se puede solicitar el apoyo económico de empresas y organizaciones públicas, privadas, nacionales o internacionales para la edición y difusión de estas.

    • Todos los documentos generados por las comisiones deben ir con el formato de ASEI para ser publicados.

  9. La producción científica de las comisiones se publicará en ASEI y otros materiales se darán a conocer a los socios a través de la página WEB de la Sociedad y en otros medios de comunicación que considere pertinentes la CD.

  10. Toda actividad que involucre la participación en representación de SADI, acuerdos de trabajo con otras sociedades, que deba usarse logo o participación económica, etc. debe ser comunicada por nota dirigida a la comisión directiva y autorizada por la misma. La nota debe ser enviada con tiempo suficiente para su consideración por CD.

(*) Se considera que un socio tiene experiencia en el área de la comisión cuando cumple con alguno de los siguientes requisitos:

Formación Académica y Científica

  • Contar con una especialización formal en el área de interés de la comisión o áreas afines.

  • Estudios de posgrado (maestrías o doctorados o cursos) relevantes

  • Producción científica: Participación en publicaciones indexadas o no indexadas, capítulos de libros o trabajos presentados en congresos nacionales o internacionales.

Experiencia Profesional

  • Práctica clínica: Tener un mínimo de 3 años de experiencia en la práctica médica preferiblemente en el ámbito relacionado con los temas de la comisión.

  • Haber desarrollado o implementado proyectos, programas, guías clínicas o recomendaciones en temas de la comisión.

  • Haber desarrollado actividades de gestión pública o privada en referencia a los temas de la comisión.

Comisión Directiva – Sociedad Argentina de Infectología